GUARDIA CIVIL

ESCALA DE CABOS Y GUARDIAS

INFORMACIÓN PROCESO SELECTIVO

  • Poseer la nacionalidad española.

  • No estar privado de los derechos civiles.

  • Carecer de antecedentes penales.

  • No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.

  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

  • Tener cumplidos 18 años de edad en el año de la convocatoria y no tener cumplida ni cumplir durante el año de la convocatoria la edad de 41 años.

  • Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en cada convocatoria.

  • Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:

    • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
    • Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
    • Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
    • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
    • Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

  • No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.

  • No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.

  • No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

  • Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.

  • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.


  • Cumplir con lo establecido sobre tatuajes, inserciones y otros elementos en el Real Decreto 967/2021, de 8 de noviembre, por el que se regula el uso general de uniforme de la Guardia Civil, en concreto, en los artículos 13 y 14:
Artículo 13. Exhibición de tatuajes.

1. Para quienes hayan de vestir el uniforme de la Guardia Civil se prohíben los tatuajes, tanto permanentes como temporales, que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, o cualesquiera otros contenidos vedados por la ley.

2. Se permiten los tatuajes o parte de los mismos que sean visibles vistiendo el uniforme de uso general de la Guardia Civil, siempre que no reflejen motivos o expresiones prohibidas de las recogidas en el apartado primero de este artículo.

Artículo 14. Perforaciones y similares.

Se prohíben las argollas, espigas, inserciones, automutilaciones, pegatinas, dilataciones y similares, así como los implantes microdermales o subcutáneos y perforaciones distintas a las destinadas para el uso de pendientes, cuando sean visibles al vestir las prendas comunes para el personal masculino y femenino del uniforme de la Guardia Civil en sus diferentes tipos y modalidades de uso general de acuerdo a la normativa que lo regula.

La fase de oposición se ajustará al régimen establecido en la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero y lo previsto en el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil y constará de las siguientes pruebas:

a) Conocimientos teórico-prácticos, que a su vez consta de:

Ortografía.

Conocimientos generales.

Lengua inglesa.

*El tiempo de esta prueba será de ciento cuarenta (140) minutos, sin solución de continuidad.

b) Psicotécnica, que se compone de:

Aptitudes intelectuales

Perfil de personalidad.

* El tiempo de esta prueba será de cincuenta y cinco (55) minutos.

c) Aptitud psicofísica, que se divide en:

Pruebas físicas.

Entrevista personal.

Reconocimiento médico.

La fase de concurso, calificada conforme al apéndice I tendrá una valoración entre cero (0) y cuarenta y cinco (45) puntos.

Para garantizar los principios de confidencialidad e igualdad, las pruebas de conocimientos teórico-prácticos y psicotécnica se corregirán y calificarán mediante un sistema que impida la identificación personal de los admitidos a las pruebas.

La puntuación final de la fase de oposición se obtendrá de acuerdo a la siguiente fórmula:

Pf = ∑ Px

Siendo Px = Y /T [A – (E/N-1)].

Donde:

Pf es la puntuación final de la fase de oposición.

Px es la puntuación obtenida en una prueba X.

Y es el coeficiente aplicable a cada prueba, que se corresponde con la puntuación máxima alcanzable en cada una.

T es el número total de preguntas que tenga el cuestionario.

A son los aciertos o preguntas contestadas correctamente.

E son los errores o preguntas contestadas incorrectamente.

N es el número de alternativas de cada pregunta.

Para el cálculo de las puntuaciones de cada prueba de la fase de oposición se establecen los siguientes valores:

Prueba

Y

T

N

Conocimientos generales (Pcg).

100

100

4

Lengua inglesa (Pli).

20

20

4

Psicotécnica (Pps).

30

80

4

Establecido en virtud del artículo 8.2 del Reglamento de ordenación de la enseñanza de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 131/2018, de 17 de marzo (B.O.E. núm. 67) y del artículo 9 de la Orden PCI/155/2019 de 19 de febrero.

Solamente se considerarán aquellos méritos que figuren en este apéndice, que se hayan alegado en la inscripción telemática y que se posean en el plazo de presentación de solicitudes.

La valoración de la puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso será como máximo de cuarenta y cinco (45) puntos.

1. Méritos profesionales:

La puntuación obtenida por méritos profesionales será la suma de los que se posean, conforme a los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 13,500 puntos. Para la justificación de estos méritos se consultará las bases del Ministerio de Defensa o se presentará un certificado de los servicios prestados en la Administración General del Estado, según proceda.

A) Exclusivo para plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería (conforme a la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería):

1.1 Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo: 0,90 puntos.

1.2 Tiempo de servicios prestados como militar de tropa y marinería:

Por años completos de servicios como militar de tropa y marinería (conforme a la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería), hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:

0.90 puntos por cada año completo de servicio hasta un máximo de 9 puntos.

1.3 Por el empleo máximo alcanzado como militar profesional en cualquier Ejército:

Cabo: 2,40 puntos.

Cabo 1.º: 3,60 puntos.

B) Para plazas de acceso libre y reservadas a los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes:

1.4 Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo: 0,90 puntos.

1.5 Por cada año completo de servicio en la Administración General del Estado (incluidos como militar): 0,90 puntos.

1.6 Por ser militar de tropa y marinería: 1,80 puntos.

1.7 Tiempos de servicios prestados como Reservista Voluntario desde que se adquiera la citada condición: 0,025 puntos/mes.

2. Méritos Académicos:

La puntuación obtenida por méritos académicos será la suma de los que se posean, conforme a los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 27 puntos.

2.1 Nivel académico:

Estar en posesión de título o certificado de:

Doctor: 8 puntos.

Máster Universitario Oficial o titulación equivalente a MECES 3: 6 puntos.

Graduado o titulación equivalente a MECES 2: 4 puntos.

– Técnico Superior: 2 puntos.

– Bachiller LOE 2/2006, de 3 de mayo, o equivalente académico: 1,6 puntos.

Los aspirantes reflejarán en su inscripción solo una titulación que acredite su nivel académico, siendo esta la única que será valorada.

Los títulos oficiales universitarios de Grado, Master Universitario y Doctor serán los regulados por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, sobre ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y que se encuentren inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.

Los títulos oficiales académicos objeto de baremo serán los expedidos por los centros u órganos competentes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o comunidad autónoma que tenga transferida esta competencia, y podrán ser sustituidos por el resguardo provisional emitido por el centro oficial habilitado para la expedición del título.

No serán objeto de baremación: las pruebas o titulaciones que solo facultan o pueden servir para acceder a determinadas enseñanzas; las que únicamente tengan declarada o reconocida, por órgano competente, su equivalencia a efectos profesionales o laborales con alguna titulación terminal académica concreta del sistema educativo general vigente; las que únicamente permitan participar en los procesos selectivos de ingreso en los correspondientes Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado y demás Administraciones Públicas; y los diplomas y títulos propios de las Universidades que no estén homologados mediante real decreto.

2.2 Idiomas:

Por cada idioma, solamente se contabilizará una acreditación de un perfil lingüístico SLP o un certificado oficial de la Escuela Oficial de Idiomas.

2.2.1 Acreditación de un perfil lingüístico SLP del STANAG 6001 de la OTAN en idiomas extranjeros (Alemán, Árabe, Francés, Inglés, Italiano, Portugués y Ruso):

Perfil lingüístico SLP 4.4.4.4 o superior: 8 puntos.

Perfil lingüístico SLP 3.3.3.3 o superior: 6 puntos.

Perfil lingüístico SLP 2.2.2.2 o superior: 4 puntos.

No se valorará un perfil lingüístico inferior al 2.2.2.2.

Estos perfiles lingüísticos solamente los podrán invocar los aspirantes que pertenezcan o hayan pertenecido a las Fuerzas Armadas.

Solamente, se admitirán los perfiles lingüísticos que estén en vigor y que se justifiquen mediante consulta a las bases de datos del Ministerio de Defensa, o en su defecto, mediante fotocopia del Boletín de Defensa en el que figure su aprobación.

2.2.2 Certificado oficial de la Escuela Oficial de Idiomas extranjeros (Alemán, Árabe, Francés, Inglés, Italiano, Portugués y Ruso), a tenor de lo establecido en el artículo 7.9 del Real Decreto 1041/2017 de 22 de diciembre.

Para un idioma concreto solamente se contabilizará el título o certificado aportado de mayor puntuación según el siguiente baremo:

Certificado Oficial de una Escuela Oficial de Idiomas de nivel avanzado C2: 9 puntos.

Certificado Oficial de una Escuela Oficial de Idiomas de nivel avanzado C1: 7 puntos.

Certificado Oficial de una Escuela Oficial de Idiomas de nivel Intermedio B2: 5 puntos.

2.2.3 Otras titulaciones de idiomas extranjeros, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL), siempre que se trate de títulos y entidades que estén incluidos explícitamente en este epígrafe, que todas las pruebas sean 100 por 100 presenciales y que la fecha de realización del examen que da derecho a la obtención de la titulación sea posterior al 31/12/2016. Para un idioma concreto solamente se contabilizará un título o certificado.

2.2.3.1 Certificados no nacionales en idioma inglés:

a) Trinity College London: Integrated Skills in English (ISE):

– ISE IV «pass», «pass with» merit» o «pass with distinction»: 9 puntos.

– ISE III «pass», «pass with merit» o «pass with distinction»: 7 puntos.

– ISE II «pass», «pass with merit» o «pass with distinction»: 5 puntos.

b) International English Language Testing System (IELTS), en sus dos modalidades de «Academic» o «General Training»:

– La obtención de una puntuación igual o superior a 8 puntos en cada uno de los rasgos de la nota final: 9 puntos.

– La obtención de una puntuación igual o superior a 7 puntos e inferior a 8 puntos en cada uno de los rasgos de la nota final: 7 puntos.

– La obtención de una puntuación igual o superior a 5,5 puntos e inferior a 7 puntos en cada uno de los rasgos de la nota final: 5 puntos.

c) Test of English as a Foreign Language (TOEFL), examen TOEFL-iBT Test:

– Puntuación de 95 a 120: 7 puntos.

– Puntuación de 72 a 94: 5 puntos.

d) Test of English for International Communication (TOEIC): Se deberán realizar obligatoriamente las pruebas TOEIC Listening and Reading Test y TOEIC Speaking and Writing Test:

– La obtención de las siguientes puntuaciones: 7 puntos.

TOEIC Listening: Igual o superior a 490.

TOEIC Reading: Igual o superior a 455.

TOEIC Speaking: Igual o superior a 180.

TOEIC Writing: Igual o superior a 180.

– La obtención de las siguientes puntuaciones: 5 puntos:

TOEIC Listening: Igual o superior a 400.

TOEIC Reading: Igual o superior a 385.

TOEIC Speaking: Igual o superior a 160.

TOEIC Writing: Igual o superior a 150.

e) Cambridge General English Exams:

– Certificate Proficiency in English (CPE) grado A, B o C: 9 puntos.

– Certificate Advanced in English (CAE) grado A, B o C: 7 puntos.

– First Certificate in English (FCE) grado A, B o C: 5 puntos.

2.2.3.2 Certificados no nacionales en idioma alemán:

a) Certificados Goethe-Institut:

– Goethe-Zertifikat C2: Grosses Deutsches Sprachdiplom (GDS): 9 puntos.

– Goethe-Zertifikat C1: 7 puntos.

– Goethe-Zertifikat B2: 5 puntos.

b) Österreichisches. Sprachdiplom Deutsch (ÖSD):

– ÖSD C2 Wirtschaftssprache Deutsch (WD): 9 puntos.

– ÖSD C1 Oberstufe Deutsch (OD): 7 puntos.

– ÖSD B2 Mittelstufe Deutsch (MD): 5 puntos.

2.2.3.3 Certificados no nacionales en idioma francés:

Diplomas DELF (Diplôme d’Etudes en Langue Française) y DALF (Diplôme Approfondi de Langue Française:

– Diploma DALF C2: 9 puntos.

– Diploma DALF C1: 7 puntos.

– Diploma DELF B2: 5 puntos.

2.2.3.4 Certificados no nacionales en idioma italiano:

a) Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana, CELI (Universitá per Stranieri di Perugia):

– Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana, Livello 5 (CELI 5): 9 puntos.

– Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana, Livello 4 (CELI 4): 7 puntos.

– Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana, Livello 3 (CELI 3): 5 puntos.

b) Certificazione di Italiano come Lingua Straniera, CILS (Universitá per Stranieri di Siena):

– CILS Quattro C2: 9 puntos.

– CILS Tre C1: 7 puntos.

– CILS Due B2: 5 puntos.

c) Progetto Lingua Italiana Dante Alighieri, PLIDA (Societá Dante Alighieri):

– PLIDA C2: 9 puntos.

– PLIDA C1: 7 puntos.

– PLIDA B2: 5 puntos.

d) Certificazione dell’italiano come Lingua Straniera L2 (Universitá degli Studi di Roma Tre):

– IT, Certificato di Italiano come Lingua Straniera (C2): 9 puntos.

– IT, Certificato di Italiano come Lingua Straniera (C1): 7 puntos.

– Int. IT, Certificato di Competenza Intermedia in Italiano come Lingua Straniera: 5 puntos.

2.2.3.5 Certificados no nacionales en idioma portugués:

– Diploma Universitário de Português Língua Estrangeira (DUPLE): 9 puntos.

– Diploma Avançado de Português Língua Estrangeira (DAPLE): 7 puntos.

– Diploma Intermédio de Português Língua Estrangeira (DIPLE): 5 puntos.

2.2.3.6 Certificados no nacionales en idioma ruso:

Test of Russian as a Foreign Language TORFL o TRKI:

– TRKI 4: 9 puntos.

– TRKI 3: 7 puntos.

– TRKI 2: 5 puntos.

2.2.3.7 Certificaciones CertAcles de la Asociación de Centros de Lenguas de Enseñanza Superior (ACLES) en los idiomas de interés para la Guardia Civil (alemán, árabe, francés, inglés, italiano, portugués y ruso). Obligatoriamente las pruebas deben ser presenciales:

– CertAcles C2: 9 puntos.

– CertAcles C1: 7 puntos.

– CertAcles B2: 5 puntos.

2.2.3.8 Las siguientes titulaciones universitarias de licenciatura o grado en un idioma de interés para la Guardia Civil, en cuyo caso no puntuarán en el epígrafe 2.1 para acreditar nivel académico:

– Filología o equivalente: 9 puntos.

– Traducción e Interpretación o equivalente, en el idioma B (primera lengua extranjera, si esta es de interés para la Guardia Civil): 9 puntos.

3. Otros méritos:

La puntuación obtenida por otros méritos será la suma de los que se posean, conforme a los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 4,5 puntos.

3.1 Permisos de conducción:

Estar en posesión de:

Permiso de Conducción de la clase A o A2: 3 puntos.

Permiso de Conducción de las clases C+E, D+E: 3 puntos.

Permiso de Conducción de las clases C1, C, C1+E, D1, D, D1+E: 1 punto.

En cada apartado solamente se podrá baremar uno de los permisos de conducción.

Estos méritos se justificarán mediante consulta a las bases de la Dirección General de Tráfico.

3.2 Deportista de alto nivel:

Quienes hayan ostentado dicha condición (acreditada conforme al Real Decreto 971/2007 de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, modificado por el Real Decreto 637/2010, de 14 de mayo, por el que se prevé la incorporación de los deportistas de alto nivel a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado) en los últimos cinco años a contar desde la adquisición de tal condición hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, de acuerdo a los periodos de tiempo y grupo en que hubieran estado incluidos de los previstos en el artículo 4 del Real Decreto 971/2007 de 13 de julio, que se señalan a continuación:

Incluidos en el Grupo A: 0,35 puntos por cada año completo.

Incluidos en el Grupo B: 0,25 puntos por cada año completo.

Incluidos en el Grupo C: 0,20 puntos por cada año completo.

Solo se computará la puntuación más alta resultante del cálculo efectuado según el párrafo anterior.

DESCRIPCIÓN PRUEBAS

Consistirá en la contestación a un cuestionario de cien (100) preguntas tipo test, extraídas de los temas que figuran en la Resolución de 26 de junio de 2019, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determina el temario de las convocatorias de los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil con las modificaciones de la Resolución de 29 de octubre de 2019; además se contestarán las cinco (5) preguntas de reserva que figuran en el cuestionario. Las preguntas de reserva solamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario. Cada pregunta tiene una única respuesta válida; en el caso de que el aspirante considere correctas varias opciones, deberá señalar la más completa.

La prueba de conocimientos generales se calificará de cero (0) a cien (100) puntos; para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de cincuenta (50) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán apartados del proceso selectivo.

TEMARIO GUARDIA CIVIL (ÍNDICE)

Consistirá en la realización de un ejercicio con cinco frases numeradas del uno al cinco, en las que se han subrayado cuatro palabras o expresiones en cada frase identificadas con las letras A, B, C y D, respectivamente debiendo señalar las que presenten falta ortográfica; además se incluirá una frase con cuatro (4) palabras o expresiones de reserva subrayadas del mismo modo. Estas últimas, solamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario.

Se considera respuesta errónea, tanto dejar de marcar una palabra o expresión con falta de ortografía como marcar una que es correcta.

La prueba de ortografía se evaluará como «apto» o «no apto». Serán declarados «no aptos» aquellos admitidos a las pruebas que tengan seis (6) o más
respuestas erróneas
, quedando excluidos del proceso selectivo.

 

Consistirá en la realización de un ejercicio con cinco preguntas, numeradas del uno al cinco, en cada una de las cuales figuran cuatro frases o expresiones, identificadas con las letras A, B, C y D, respectivamente, debiendo señalar aquellas frases o expresiones que no son correctas desde los puntos de vista morfológico y/o sintáctico. Además se incluirá una pregunta con cuatro frases o expresiones de reserva, que solamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal anule alguna de las frases o expresiones anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario.

Se considera respuesta errónea, tanto dejar de marcar una frase o expresión incorrecta como marcar una que es correcta

La prueba de gramática se evaluará como «apto» o «no apto». Serán declarados «no aptos» aquellos admitidos a las pruebas que tengan seis (6) o más
respuestas erróneas, quedando excluidos del proceso selectivo
.

 

Consistirá en la contestación a un cuestionario de veinte (20) preguntas sobre el idioma inglés con un nivel compatible con los contenidos contemplados para la ESO de conformidad con el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Segundaria Obligatoria. Además contestará una (1) pregunta de reserva que figura en el cuestionario. La pregunta de reserva solamente será valorada en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores. Cada pregunta tiene una única respuesta válida; en el caso de que el aspirante considere correctas varias opciones, deberá señalar la más completa. Las preguntas contestadas incorrectamente tienen penalización. No se penalizará la pregunta no contestada.

La prueba de lengua inglesa se valorará de cero (0) a veinte (20) puntos; para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de ocho (8) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán excluidos del proceso selectivo.

Consistirá en la evaluación de habilidades cognitivas que reflejen la habilidad mental general y variables de personalidad para explorar la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas, tanto del periodo académico como alumno de un centro de formación, como de su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos partes:

a) Aptitudes intelectuales: Se evaluarán mediante la aplicación de tests de inteligencia general y/o escalas específicas que midan la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo. La batería se compondrá de 80 preguntas y el tiempo total para la ejecución de la prueba que incluye el dedicado a la lectura de instrucciones será de cincuenta y cinco (55) minutos. Cada pregunta tiene una única respuesta válida; en el caso de que el aspirante considere correctas varias opciones, deberá señalar la más completa.

b) Perfil de personalidad: Se evaluará mediante tests que exploren las características de personalidad, actitudinales y motivacionales.

Los resultados de la prueba psicotécnica aplicada serán tenidos en cuenta para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.

Para la realización de la prueba psicotécnica se podrá utilizar lápiz además de bolígrafo de tinta de color negro.

La prueba psicotécnica se valorará de cero (0) a treinta (30) puntos, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas en los test aplicados según la base 6.1.2.a); para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de doce (12) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán excluidos del proceso selectivo.

Consistirá en la realización de los ejercicios físicos descritos en el apéndice II de esta Convocatoria, donde se determinan las marcas mínimas a superar en cada uno de ellos. El Tribunal de Selección podrá determinar el orden de ejecución de los ejercicios pudiéndose realizar varios de ellos simultáneamente; en este caso deberá estar presente en cada uno de ellos, al menos, un miembro del Tribunal de Selección.

Para la realización de los ejercicios de estas pruebas físicas, los admitidos irán provistos de atuendo deportivo acorde con el tipo de ejercicios a realizar. Antes del inicio de las mismas entregarán al Tribunal de Selección Certificado Médico Oficial expedido dentro de los veinte (20) días anteriores en el que se haga constar expresamente «que el aspirante se encuentra capacitado físicamente para la realización de las pruebas físicas consistentes en los ejercicios de: velocidad (carrera de 60 metros); resistencia muscular (carrera de 2000 metros); fuerza extensora de brazos y natación (50 metros) sin que ello suponga un riesgo para su salud», cuyos modelos se publican como apéndices III y IV del presente anexo, o bien la ficha médica válida que establece la Instrucción Técnica número 01/2015, de 19 de febrero de 2015, de la Inspección General de Sanidad de la Defensa, sobre «Reconocimientos médicos para la realización de pruebas físicas». En ningún caso, en dicha ficha médica debe constar una fecha anterior a la de la presente publicación y si la citada ficha se ha realizado más de 20 días antes de las pruebas, deberá ir acompañada de una declaración del interesado donde se especifique que no ha padecido ningún proceso patológico desde la realización del reconocimiento hasta el momento de realizar las pruebas físicas.

La no presentación de cualquiera de los documentos citados en los términos expuestos supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

La calificación de los ejercicios físicos será de «apto» o «no apto». Se calificarán como «no apto» aquellos que no logren superar todos los ejercicios físicos descritos en el apéndice II. Los calificados «no apto» serán excluidos del proceso selectivo en el momento de no superar alguno de ellos. Los resultados se expondrán en el lugar donde se hayan realizado dichos ejercicios y en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11.

PRUEBAS FÍSICAS

1. Prueba de coordinación (C1): Consistirá en un circuito de agilidad y coordinación de acuerdo con el recorrido indicado en el siguiente gráfico representativo expuesto en esta página. La salida será de pie, detrás de la línea de partida, pudiendo iniciarse el recorrido desde cualquiera de los lados de la valla de inicio. En caso de iniciarse desde el lado izquierdo de la valla de inicio, el recorrido deberá realizarse de igual modo que se muestra en el anterior gráfico, pero invirtiendo el orden, derecha e izquierda, de los banderines, así como de las bases de cada una de las vallas. Se medirá el tiempo transcurrido desde el inicio hasta que la persona que realiza la prueba toca el suelo con uno o con ambos pies, tras superar su cuerpo totalmente la última valla. Deberá cubrirse dicho recorrido en un tiempo no superior a los expresados en la tabla (ver más abajo).

Se permitirán dos intentos, espaciados para facilitar la recuperación del aspirante, en el caso de que el primer intento se declare nulo o se supere el tiempo máximo establecido.

Será nulo todo intento en el que el aspirante:

o Modifique el recorrido señalado en el gráfico.

o Derribe o desplace cualquiera de los elementos

2. Prueba de resistencia muscular. (R2): Carrera de 2000 metros lisos. La salida se realizará en pie. Dicha distancia se cubrirá en tiempo no superior los expresados en la tabla. Un único intento.

3. Prueba de potencia del tren superior (extensiones de brazos). (P3): Consistirá en la realización de extensiones de brazos desde la posición de tierra inclinada. Colocará las palmas de las manos en el suelo manteniendo los brazos perpendiculares al suelo y con la anchura de los hombros. Desde esta posición se realizarán todas las flexiones-extensiones de brazos sin detención, teniendo en cuenta que se contabilizará como efectuada una flexión-extensión cuando se toque con la barbilla en el suelo y se vuelva a la posición de partida, manteniendo en todo momento la cabeza, hombros, espalda y piernas en prolongación y no tomándose como válida toda flexión-extensión de brazo que no sea simultánea o en la que se apoye en el suelo parte distinta de la barbilla, punta de los pies y manos. La zona de contacto de la barbilla con el suelo podrá almohadillarse con un grosor máximo de 6 centímetros.

Durante el ejercicio se permite un descanso, en cualquier momento, siempre que este se realice en posición de tierra inclinada hacia delante, sin poderse realizar movimientos o separar las partes del cuerpo en contacto con el suelo.

El número de flexiones-extensiones que se realicen no será inferior a los expresados en la tabla. Se permitirán dos intentos espaciados para permitir la recuperación del ejecutante.

4. Prueba de soltura acuática (O1): Consistirá en completar 50 metros de natación estilo libre en piscina en un tiempo no superior a los expresados en la tabla. No se permitirá el contacto con cualquiera de los elementos que delimiten la calle, salvo el imprescindible para realizar el viraje cuando este sea necesario. Un único intento.

 

PruebaSexoMenor de 35 añosIgual o mayor de 35 años y menor de 40 añosIgual o mayor de 40 años
Coordinación (C1).H14 s14,4 s15,1 s
M16 s16,4 s17,9 s
Resistencia (R2).H9 m, 25 s9 m, 48 s10 m, 33 s
M11 m, 14 s11 m, 35 s12 m, 49 s
Potencia tren superior (P3).H161614
M11119
Soltura acuática (O1).H70 s71 s73 s
M81 s83 s88 s

MÓDELO CERTIFICADO MÉDICO 1

MODELO CERTIFICADO MÉDICO

PROCEDIMIENTO

a) Los aspirantes citados para someterse a reconocimiento médico se presentarán en ayunas y con retención de orina en el lugar, fecha y hora que se les indique.

b) Para la realización del reconocimiento médico, y dependiente del Presidente del Tribunal de Selección, se constituirá un órgano de apoyo asesor especialista, compuesto por personal titulado en Medicina, con las especialidades necesarias. El Tribunal de Selección solo considerará válidos los resultados y pruebas analíticas que se obtengan en el momento del reconocimiento médico.

c) Como resultado del reconocimiento médico, los aspirantes serán calificados como «apto», «no apto» o «no apto circunstancial».

d) La calificación de «no apto» podrá ser revisada a instancia del interesado, mediante solicitud al Presidente del Tribunal de Selección, en un plazo no superior a tres (3) días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se publiquen los resultados del reconocimiento médico en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11, mediante el oportuno Acuerdo del Tribunal de Selección. El Presidente del Tribunal de Selección dispondrá su comparecencia, antes de diez (10) días hábiles contados desde la fecha que finalice la calificación de la última prueba selectiva, ante una Junta Médica de Revisión.

e) Los aspirantes calificados como «no apto» que no soliciten la revisión en el plazo señalado en la letra anterior, y los que, tras la revisión realizada por la referida Junta continúen con dicha calificación, serán excluidos del proceso selectivo.

f) A quienes sean declarados «no apto circunstancial», les será fijada fecha para pasar un nuevo reconocimiento médico, ante la Junta Médica de Revisión, a fin de determinar si resultan «apto» o «no apto» con los efectos señalados en la letra anterior.

g) Los resultados de los reconocimientos médicos serán expuestos en los locales donde se hayan realizado y en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11

CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS

PARAMETROS BIOLÓGICOS, ENFERMEDADES Y CAUSAS GENERALES

  1. Talla. En bipedestación inferior a 160 cm en hombres y 155 cm en mujeres, o superior a 203 cm, en ambos casos.
  2. Peso. El Índice de Masa Corporal (IMC) estará comprendido entre 17 y 30 [IMC = Peso en kg/(Talla en metros al cuadrado)].

Se podrán aceptar IMC superiores a 30 si objetiva y claramente se deben no a un aumento de la grasa corporal, sino a un desarrollo muscular marcado, y no presenta patología ni factores de riesgo sobreañadidos.

  1. Enfermedades y causas generales:

3.1 Pérdida o alteración, total o parcial, congénita o adquirida de cualquier parte del cuerpo que limite o dificulte la eficacia de las actividades propias del servicio.

3.2 Enfermedades o anomalías genéticas, o hereditarias, constitucionales o adquiridas que impidan la realización de las actividades del servicio o supongan un riesgo para la salud del examinado o para terceros, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.

3.3 Enfermedades congénitas o adquiridas que precisen algún tipo de tratamiento específico y/o de larga duración incompatible con las actividades propias del servicio, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido
por el servicio médico correspondiente.

3.4 Enfermedades infecciosas y parasitarias que sean incompatibles con el desempeño de las funciones del servicio, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.

3.5 Enfermedades inmunológicas, intoxicaciones, hemopatías congénitas o adquiridas que impidan el desarrollo de las funciones propias del servicio o que sean susceptibles de empeoramiento con el aumento de los requerimientos operativos, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.

3.6 Enfermedades alérgicas/inmunoalérgicas sintomáticas o no controladas con tratamientos médicos compatibles con los requerimientos del servicio o puedan verse agravadas por las actividades del servicio.

3.7 Enfermedades reumáticas que originen trastornos funcionales.

3.8 Afecciones sistematizadas del tejido conjuntivo.

3.9 Tumores malignos y lesiones precancerosas de cualquier localización y forma clínica y los benignos que, por su tamaño o localización originen trastornos funcionales incompatibles con las actividades del servicio.

3.10 Cualquier hallazgo, alteración, lesión o enfermedad que, bien por sí mismo, su evolución, secuelas o por el tratamiento o su necesidad de control, impida significativamente el correcto desempeño de las funciones encomendadas o supongan un riego para sí mismo o para terceros, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente»

3.11 Evidencia de consumo de cualquier tipo de sustancia psicotrópica o droga, incluido alcohol, o su detección analítica en el reconocimiento médico, así como de cualquier tipo de medicación que pueda disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente incapacite para la realización de las actividades propias del servicio.

PIEL Y TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO

  1. Enfermedades de la piel y tejido celular subcutáneo que impidan el desarrollo de las funciones propias del servicio, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.

ENFERMEDADES Y TRASTORNOS NEUROLÓGICOS

  1. Enfermedades congénitas o adquiridas del sistema nervioso central, periférico, de sus cubiertas membranosas y óseas, del sistema vascular y/o muscular que produzcan alteraciones motoras o sensitivas que sean incompatibles con el desempeño de las funciones propias del servicio.
  2. Enfermedades crónicas sistematizadas, difusas o en focos, y lesiones de cualquier parte del sistema nervioso central y periférico, o de las meninges que originen trastornos motores o sensitivos.
  3. Enfermedades desmielinizantes (esclerosis múltiple y afines).
  4. Lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios periféricos y sus secuelas.
  5. Epilepsia en todas sus formas. Crisis de actividad comicial (equivalentes epilépticos y otras).
  6. Enfermedades que cursen con alteración de las vías motoras voluntarias.
  7. Síndromes neurológicos que cursen con afectación de las funciones corticales.
  8. Movimientos anormales uni o bilaterales, generalizados o no.
  9. Temblor de cualquier causa.
  10. Deterioro cognitivo de cualquier causa.
  11. Enfermedades cerebrovasculares.
  12. Ataxias y síndromes vertiginosos de origen central.
  13. Otros síndromes medulares de cualquier etiología.
  14. Enfermedades amiotroficas de la motoneurona espinal.
  15. Enfermedades musculares y de la placa neuromuscular.
  16. Enfermedades metabólicas, carenciales, por tóxicos, fármacos y drogas que produzcan alteraciones de los sistema nerviosos central y periférico.
  17. Trastornos del lenguaje (excepto la disartria o tartamudez que no será considerada como causa de exclusión).
  18. Trastornos específicos del sueño que, por su intensidad o repercusión funcional dificulten o limiten el normal desarrollo de las funciones del servicio.
  19. Tumores cerebroespinales.
  20. Cualquier enfermedad o trastorno neurológico que, bien por sí mismo, su evolución, importancia pronostica o por el tratamiento requerido (específico y /o de larga duración) dificulte o limite el desarrollo pleno de las funciones profesionales.

PSIQUIATRÍA

  1. Trastornos mentales orgánicos, incluidos los sintomáticos de una afección somática general.
  2. Esquizofrenias, trastornos esquizotípicos y esquizoafectivos. Trastornos con ideas delirantes. Otros trastornos psicóticos de cualquier tipo y etiología, incluso en situación clínica asintomática o de remisión.
  3. Trastornos bipolares.
  4. Demencias.
  5. Trastornos del humor (afectivos) incluso en situación asintomática o de remisión.
  6. Trastornos de ansiedad así como los secundarios a situaciones estresantes y somatomorfos.
  7. Trastornos del comportamiento asociados a disfunciones fisiológicas y/o a factores somáticos incompatibles con el desempeño o la adaptación a los cometidos propios del servicio.
  8. Trastornos o estructuras anómalas de la personalidad y del comportamiento, incompatibles con el desempeño o la adaptación a las funciones propias del servicio.
  9. Trastornos del desarrollo intelectual que limiten el funcionamiento conceptual emocional, práctico o social, incompatibles con las funciones del servicio o su adaptación al mismo (cociente intelectual inferior a 90).
  10. Trastornos del desarrollo psicológico, del comportamiento y de las emociones incompatibles con el desarrollo de las funciones del servicio o con su adaptación al mismo.
  11. Trastornos mentales y del comportamiento debidos al consumo de sustancias psicotrópicas o drogas, incluido alcohol.
  12. Cualquier otra alteración psíquica que afecte al individuo comprometiendo la correcta realización de sus actividades profesionales o pueda suponer un riesgo para sí mismo o para terceros.
  13. Cualquier alteración o trastorno de origen psíquico que, bien por sí mismo, por la necesidad de control o por el tratamiento requerido limite o dificulte el correcto desempeño de los cometidos profesionales o pueda suponer un riesgo para sí mismo o para terceros.

ENFERMEDADES DEL APARATO DIGESTIVO

  1. Alteraciones del aparato digestivo congénitas o adquiridas que impidan las actividades propias del servicio, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.
  2. Trastornos funcionales digestivos incompatibles con el servicio.
  3. Afecciones congénitas o adquiridas de boca o faringe que produzcan trastornos permanentes de la deglución.
  4. Afecciones del aparato dentario o de los maxilares que puedan constituir un obstáculo para la masticación.
  5. Afecciones del esófago que cursen con disfagia.
  6. Afecciones del estómago, intestino y peritoneo, excepto la enfermedad celiaca, que produzcan trastornos orgánicos o funcionales y que impidan las actividades propias del servicio, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.
  7. Enfermedad ulcerosa gastroduodenal activa.
  8. Enfermedades inflamatorias del intestino crónicas.
  9. Síndrome de malabsorción, maldigestión.
  10. Afecciones del recto y ano que ocasionen retención incontinencia o cualquier otra alteración que dificulte o limite la realización de los cometidos del servicio.
  11. Colostomía. Enterostomía.
  12. Secuelas postquirúrgicas del aparato digestivo que ocasionen trastornos funcionales incompatibles con el desempeño del servicio.
  13. Afecciones del hígado y vías biliares.
  14. Cirrosis. Insuficiencia hepática.
  15. Síndrome de hipertensión Portal.
  16. Pancreatitis. Enfermedad fibroquística.
  17. Esplenectomía (siempre que no sea postraumática). Se valorará la repercusión funcional e inmunológica.
  18. Hernias y eventraciones de la pared abdominal (de cualquier tipo y localización).
  19. Fístulas perineales. Fístula sacrocoxigea.
  20. Trasplantes digestivos.
  21. Tumoraciones del aparato digestivo.
  22. Cualquier enfermedad, alteración o trastorno anatómico o funcional del aparato digestivo que, bien por sí mismo o por su evolución, impida el desempeño de las funciones del servicio, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.

ENFERMEDADES ENDOCRINOMETABÓLICAS

  1. Enfermedades metabólicas que, bien por sí mismas o por su evolución, impidan el desempeño de las funciones del servicio, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.
  2. Enfermedades endocrinometabólicas que requieran terapia sustitutiva continua y que, bien por sí mismas o por su evolución, impidan el desempeño de las funciones del servicio, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.
  3. Enfermedades endocrinometabólicas que produzcan alteraciones morfológicas o funcionales de importancia pronostica, o que limiten o impidan la realización plena de las funciones propias del servicio o bien puedan verse agravadas por los requerimientos operativos propios de la actividad profesional.
  4. Trastornos de la conducta alimentaria con repercusión funcional.
  5. Alteraciones del estado nutricional que interfieran en el desempeño del servicio.
  6. Tumores hipotalámicos e hipofisarios.
  7. Hipofunciones de la corteza suprarrenal no controladas satisfactoriamente.
  8. Hiperfunciones de la corteza suprarrenal no controladas satisfactoriamente.
  9. Hiperlipemias significativas no controladas.
  10. Hiperuricemias significativas no controladas.

ENFERMEDADES DEL APARATO RESPIRATORIO

  1. Afecciones congénitas o adquiridas de pulmón, tráquea, bronquios, pleura, mediastino y pared torácica, corregidas o no quirúrgicamente que determinen alteraciones morfológicas o con repercusión funcional en las actividades propias del servicio (ejemplo: Insuficiencia respiratoria, trastornos ventilatorios o disnea a medianos esfuerzos…).
  2. Afecciones crónicas de la vía aérea, parénquima pulmonar, pleura, mediastino y pared torácica con repercusión funcional en las actividades propias del servicio.
  3. Enfermedad pulmonar obstructiva crónica y enfisema con compromiso funcional pulmonar que dificulte o menoscabe la actividad profesional.
  4. Asma bronquial. Se valorará la situación clínica, funcional, así como la medicación necesaria para su adecuado control a fin de que no dificulte o menoscabe las actividades propias del servicio.
  5. Sarcoidosis pulmonar. Se valorará el estadio, tratamiento y funcionalidad respiratoria y pronóstico de la enfermedad.
  6. Tromboembolismo pulmonar. Se exigirá la supresión de la causa que lo provocó, así como funcionalidad respiratoria normal.
  7. La enfermedad tuberculosa pulmonar o pleural. Se exigirá un año de inactividad después de concluida una terapéutica correcta. Se valorará la capacidad respiratoria así como la posibilidad de reactivación.
  8. Cualquier tumoración maligna de la tráquea, bronquios, pulmones, pleura, mediastino o diafragma.
  9. Tumoraciones malignas de la caja torácica.
  10. Patología del diafragma con afectación de la función respiratoria.
  11. Secuelas de intervenciones quirúrgicas de la tráquea, mediastino, aparato músculo-esquelético del tórax, segmentectomía, lobectomía si está alterada la función pulmonar.
  12. Síndrome de apnea del sueño.
  13. Cualquier enfermedad o afección del aparato respiratorio que, bien por sí mismo, su evolución o por el tratamiento requerido limite o dificulte significativamente el correcto desempeño de la función profesional.

ENFERMEDADES DEL APARATO CIRCULATORIO

  1. Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar en reposo, las cifras de 140 mm/Hg de presión sistólica y 90 mm/Hg de presión diastólica. Se valorará sin medicación y, si fuera necesario se repetirá en ayunas y tras reposo horizontal de diez minutos.
  2. Afecciones congénitas o adquiridas del corazón, mediastino y grandes vasos, incluso las corregidas quirúrgicamente que alteren o puedan alterar en su evolución la normalidad funcional del aparato circulatorio. No serán causa de exclusión aquellas anomalías congénitas que hayan sido corregidas precozmente y no se demuestren secuelas.
  3. Insuficiencia cardiaca de cualquier etiología.
  4. Arritmias cardiacas.
  5. Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares.
  6. Alteraciones de la conducción seno-auricular y auriculo-ventricular excluyendo el bloqueo A-V de primer grado y el bloqueo de segundo grado tipo Wenckebach en ausencia de cardiopatía de base.
  7. Alteraciones de la conducción intraventricular excepto el bloqueo incompleto de rama derecha y el hemibloqueo anterior. El bloqueo de rama derecha puede aceptarse en ausencia de cardiopatía de base.
  8. Síndromes de preexcitación, como el de Wolf-Parkinson-White y el de Lown-Ganon-Levine sintomáticos.
  9. Miocarditis, pericarditis y endocarditis.
  10. Valvulopatías, exceptuando la válvula aórtica bicúspide sin alteraciones funcionales ni de la raíz aórtica y el prolapso mitral sin insuficiencia mitral.
  11. Antecedentes de cirugía cardiaca, coronaria o de grandes vasos.
  12. Cardiopatía isquémica.
  13. Miocardiopatías primarias o secundarias.
  14. Arteriopatías.
  15. Varices o insuficiencia venosa periférica.
  16. Linfedemas importantes.
  17. Cualquier afección del aparato circulatorio que pueda verse agravada o pueda limitar el desempeño pleno de las funciones propias del Guardia Civil.

ENFERMEDADES DEL APARATO LOCOMOTOR

  1. Enfermedades, lesiones o procesos congénitos o adquiridos del aparato locomotor que alteren o puedan alterar el desempeño pleno de las funciones propias del Guardia Civil.
  2. Secuelas de intervenciones quirúrgicas sobre huesos o articulaciones con presencia de material de osteosíntesis voluminoso o que altere significativamente la biomecánica osteo-articular.
  3. Alteraciones congénitas, lesiones adquiridas de la estructura normofuncional del aparato locomotor que produzcan limitaciones de la movilidad articular (referencia superior al 20 % de limitación) o que produzcan alteraciones importantes de la función.
  4. Ausencia o pérdida de una extremidad que dificulte el normal uso de ella.
  5. Enfermedades, lesiones, alteraciones anatómicas o procesos congénitos o adquiridos del aparato locomotor que dificulten o impidan el uso habitual del calzado, la equipación, armamento o de la uniformidad reglamentaria, produzcan trastornos funcionales que incapaciten o limiten la marcha, bipedestación prolongada o el ejercicio físico.
  6. Atrofia o distrofia de miembro superior que produzca trastornos funcionales.
  7. Ausencia, atrofia o pérdida de más de un tercio de la falange distal de cualquier pulgar o del segundo dedo de la mano.
  8. Pérdida de un dedo de la mano o parte del mismo, excepto la falta de una falange de uno solo de los dedos tercer, cuarto o quinto.
  9. Alteraciones anatómicas o funcionales que ocasionen una disminución evidente del poder de aprehensión de la mano, de la función de pinza u otros defectos funcionales de la misma.
  10. Cicatrices o alteraciones morfoanatómicas de la mano, congénitas o adquiridas, que produzcan limitación de la función.
  11. Ausencia o pérdida de la falange distal del primer dedo del pie. Pérdida de un dedo y su metatarsiano. Pérdida de dos dedos del mismo pie. Se exige la integridad del primer dedo del pie.
  12. Alteraciones anatómicas o funcionales del pie que originen un pie doloroso, impidan o limiten el uso del calzado reglamentario así como todas aquellas afecciones que limiten o incapaciten para la marcha, la bipedestación prolongadas y el ejercicio físico.
  13. Dismetría de miembros inferiores de dos o más centímetros.
  14. Espondilosis, espondilolistesis en cualquier grado, hiperlordosis acusada con sacro horizontal o cualquier otra anomalía de la charnela lumbosacra que pueda ocasionar trastornos funcionales.
  15. Cifosis superior a 45 grados.
  16. Escoliosis superior a 15 grados.
  17. Desviaciones de las articulaciones de cadera, rodilla o tobillo que dificulten la marcha o el ejercicio.
  18. Tumores malignos del aparato locomotor.
  19. Infecciones óseas agudas o crónicas activas o curadas con secuelas significativas.

ENFERMEDADES DEL APARATO DE LA VISIÓN 

  1. Anomalías o alteraciones congénitas o adquiridas del ojo sus anejos que produzcan o puedan producir alteraciones anatómicas manifiestas o importantes trastornos funcionales.
  2. Pérdida o atrofia de un globo ocular. Cuerpos extraños intraoculares y/o intraorbitarios. Cualquier tipo de cirugía intraocular.
  3. Exoftalmos si interfiere el cierre correcto de los párpados.
  4. Patologías orbitarias o sus secuelas con repercusión funcional.
  5. Dacriocistitis de repetición unilateral o bilateral. Epiforas crónicas, uni o bilaterales.
  6. Blefaroptosis que con la mirada al frente, impida la visión.
  7. Coloboma congénito de párpado. Alteraciones palpebroconjutivales que dificulten la visión o produzcan alteraciones morfológicas marcadas. Entropión. Ectropion. Triquiasis y distriquiasis.
  8. Conjuntivitis crónica. Tracoma. Xeroftalmia. Pterigión uni o bilateral de marcado desarrollo. Alteraciones conjuntivales cicatriciales.
  9. Queratitis. Leucomas corneales centrales o periféricos con alteraciones de la agudeza visual. Estafilomas de córnea y esclera. Degeneraciones y distrofias corneales. Ectasias corneales. Trasplante de córnea y anillos intraestromales corneales. Queratocono.
  10. Iris, cuerpo ciliar: Inflamaciones del tracto uveal en fase aguda y secuelas definitivas de uveitis antiguas. Trastornos pupilares con importante repercusión funcional.
  11. Vítreo. Hemorragias, vitritis. Organización fibrosa del vítreo. Hematoma traumático de vítreo. Cualquier tipo de cirugía vitreorretiniana.
  12. Cristalino: Opacidades del cristalino, catarata unilateral o bilateral. Subluxación y luxación del cristalino. Ectopias del cristalino. Afaquia, Pseudoafaquia. Cualquier tipo de lente intraocular.
  13. Retina: Retinopatías y alteraciones degenerativas, inflamatorias o tumorales del fondo del ojo que produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Hemeralopia. Agujeros y desgarros retinianos. Degeneraciones tapetorretinianas y afecciones relacionadas con ellas incluso tratadas con crioterapia o láser. Desprendimiento de retina y reaplicaciones quirúrgicas del mismo con cualquier técnica. Embolias. Trombosis. Vasculitis. Retinitis o cualquier alteración retiniana con repercusión funcional en los cometidos a desempeñar.
  14. Nervio óptico: Neuritis, edema y atrofia óptica.Glaucoma o alteraciones de la tensión ocular uni o bilaterales.
  15. Glaucoma o alteraciones de la tensión ocular uni o bilaterales.
  16. Visión cromática: Se exigirá visión cromática normal.
  17. Campo visual: Escotomas o reducciones del campo visual superior a 15 grados.
  18. Agudeza visual: Agudeza visual mínima exigida con o sin corrección superior a 0,7 en ambos ojos.
  19. Refracción. Los máximos defectos de refracción permitidos son:

    Hipermetropía: +3 dioptrías.
    Miopía: –3 dioptrías.
    Astigmatismo: +/–2 dioptrías con independencia del componente esférico.

  20. Forias:
    Endoforia superior a 8 dioptrías prismáticas.
    Exoforia superior a 10 dioptrías prismáticas.
    Hiperforia superior a 1 dioptrías prismáticas.

21. Motilidad ocular extrínseca: Alteraciones de la motilidad ocular, parálisis y paresias según su repercusión funcional. Heterotropias superior a 3 dioptrías prismáticas. Nistagmus. Diplopía.

*NOTA: la exclusión por el uso de lentes fáquicas (intraoculares) fue anulada por Sentencia de 21 de febrero de 2023, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar el recurso de casación número 4551/2021 (BOE núm. 127, de 29 de mayo).

OTORRINOLARINGOLOGÍA

  1. Alteraciones congénitas o adquiridas de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe y oídos que perturben la función respiratoria, fonatoria o auditiva.
  2. Tumores benignos o malignos de oídos, fosas nasales, senos paranasales, boca, faringe y laringe.
  3. Hipoacusia de cualquier etiología. Será causa de exclusión una pérdida de audición unilateral superior al 25 por ciento o bilateral superior al 18 por ciento. El examen funcional auditivo será realizado según norma internacional (ANSI-ISO).
  4. Cualquier alteración congénita o adquirida del aparato auditivo o del equilibrio de importancia pronóstica o funcional.

SANGRE Y ÓRGANOS HEMATOPOYÉTICOS

  1. Enfermedades de la sangre o de los órganos hematopoyéticos que, por su importancia funcional o pronóstica puedan limitar el ejercicio de las funciones propias del servicio o bien por su evolución puedan verse agravadas por los cometidos propios de la actividad profesional.
  2. Enfermedades o procesos inmunitarios que impidan el desarrollo de las funciones propias del servicio, motivándolo de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente.
  3. Trastornos de la coagulación.

APARATO UROGENITAL

  1. Enfermedades o alteraciones congénitas o adquiridas del aparato urinario que alteren o puedan alterar el normal desarrollo de las actividades propias del servicio.
  2. Anomalías en número o desarrollo del riñón y vías excretoras que alteren la función urinaria.
  3. Ausencia anatómica o funcional de un riñón.
  4. Nefropatias médicas en cualquier fase evolutiva, clínica y analíticamente comprobadas.
  5. Insuficiencia renal.
  6. Nefroptosis.
  7. Hidronefrosis.
  8. Anomalías de vías urinarias bajas, congénitas o adquiridas que originen retención de orina, fístulas, reflujo vesico-ureteral, micción anómala o infección urinaria de repetición.
  9. Tumores malignos de riñón y vías urinarias.
  10. Tumores benignos de riñón y vías urinarias que presenten complicaciones.
  11. Incontinencia urinaria y otros trastornos funcionales de vejiga.
  12. Trasplante renal.
  13. Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato urinario que, bien por sí mismo, su evolución o por el tratamiento requerido, dificulte o limite el correcto desempeño de las funciones profesionales o puedan verse agravadas por las mismas.
  14. Enfermedades congénitas o adquiridas del aparato genital masculino que alteren o puedan alterar el normal desarrollo de las funciones propias del servicio.
  15. Tumores malignos del aparato genital masculino
  16. Tumores benignos del aparato genital masculino se valorarán según su importancia clínica funcional o pronóstica.
  17. Hidrocele o varicocele. Serán causa de exclusión siempre que no hayan sido corregidos quirúrgicamente antes de efectuar su presentación en el centro docente de formación.
  18. Disgenesias gonadales masculinas según su repercusión funcional.
  19. Epispadias. Hipospadias perineal, escrotal o peneano según su repercusión funcional.
  20. Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato genital masculino que, bien por sí mismo, su evolución o por el tratamiento requerido (continuo o de larga duración), dificulte o limite el desarrollo de las funciones profesionales.
  21. Enfermedades congénitas o adquiridas del aparato genital femenino y mama que alteren o puedan alterar el normal desarrollo de las funciones propias del servicio.
  22. Tumores malignos y lesiones precancerosas de mama, ovarios, trompa, útero, vagina y vulva.
  23. Tumores benignos de mama, ovarios, trompa, útero, vagina y vulva se valorarán según su importancia clínica funcional o pronostica.
  24. Disgenesias gonadales femeninas según su repercusión funcional.
  25. Displasias.
  26. Prolapso genital.
  27. Varicosidades vulvares o de genitales internos significativas.
  28. Fístulas.
  29. Trastornos funcionales o anatómicos del aparato genital femenino que limiten o dificulten el desempeño normal de las funciones propias del servicio.
  30. Ginecomastia unilateral o bilateral. Mastopatías. Hipertrofia mamaria y prótesis mamarias que serán valoradas en función de su naturaleza y de la compatibilidad con el uniforme y el equipo reglamentarios.
  31. Lesiones benignas de la mama que, por su tamaño o localización impidan o dificulten el uso de la uniformidad reglamentaria.
  32. Endometriosis incapacitante.
  33. Cualquier hallazgo, lesión o enfermedad del aparato genital femenino que, bien por sí mismo, su evolución o por el tratamiento requerido (continuo o de larga duración), limite o dificulte el correcto desempeño de las funciones profesionales o puedan verse agravadas por las mismas.

Consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas del desempeño profesional. Asimismo, contrastará y ampliará los resultados de las pruebas psicotécnicas y permitirá valorar que el candidato presenta, en grado adecuado, las competencias y cualidades necesarias para superar el período académico y poder desempeñar los cometidos y responsabilidades que le sean encomendados con su incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.

El Jefe de la Jefatura de Enseñanza establecerá, previamente, los criterios que se seguirán para valorar las competencias y cualidades siguientes:

I. Adecuación a normas y valores institucionales.

II. Responsabilidad/ madurez.

III. Motivación.

IV. Autocontrol.

V. Habilidades sociales y de comunicación.

La prueba de entrevista personal se constituye en prueba independiente del resto. Con anterioridad a su realización se cumplimentará un cuestionario de información biográfica «BIODATA» el cual no tendrá carácter puntuable, sirviendo, únicamente, como elemento de apoyo para la realización de la misma, del mismo modo que la vida laboral que se deberá aportar en la fecha de citación para la ejecución de la entrevista.

Los datos obtenidos en la prueba psicotécnica podrán ser utilizados instrumentalmente en la valoración de la entrevista personal. En ningún caso el resultado de la entrevista personal vendrá condicionado o vinculado de modo exclusivo al perfil de personalidad, ya que constituye un elemento previo para que el Tribunal pueda orientar, si lo estima conveniente, el contenido de la misma.

VI. Adaptación.

DESARROLLO DE LA ENTREVISTA PERSONAL

a) Consistirá en la recogida de información a través del diálogo y los «tests» que consideren pertinentes los entrevistadores. Seguirá un desarrollo semiestructurado.

b) Para la realización de las entrevistas, y dependiente del Presidente del Tribunal de Selección, se constituirá un órgano de apoyo asesor especialista compuesto por titulados en psicología y por Oficiales o Suboficiales de la Guardia Civil. En la entrevista a cada aspirante debe estar presente, al menos, un psicólogo.

c) Los miembros del órgano de apoyo que realicen la prueba de entrevista emitirán una propuesta motivada e individualizada de calificación al Tribunal de Selección, quien calificará la Prueba de Entrevista Personal como «apto» o «no apto provisional».

d) La calificación de «no apto provisional» podrá ser revisada a instancia del interesado, mediante solicitud dirigida al Presidente del Tribunal de Selección en el plazo que determine la Resolución por la que se publique dicha calificación.

e) Para la realización de las revisiones de las calificaciones se constituirán Juntas de Revisión, dependientes del Presidente del Tribunal de Selección y compuestas por titulados en psicología. En estas, tras estudiar la documentación generada en las entrevistas personales y oír a los interesados, se emitirán propuestas motivadas e individualizadas para su calificación definitiva por el Tribunal.

f) Los aspirantes calificados como «no apto provisional» que no soliciten la revisión en el plazo señalado y aquellos que, tras la revisión practicada, vean confirmada dicha calificación, serán definitivamente declarados como «no apto» por el Tribunal de Selección, y excluidos del proceso selectivo.

g) Las calificaciones de la entrevista personal serán expuestas en el lugar en el que se realice la entrevista y en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11.

CONVOCATORIA VIGENTE

PROMOCIÓN 129

0
PLAZAS TOTALES

PLAZAS LIBRES: 1327
PLAZAS RESERVADAS A MILITARES: 1008
PLAZAS COLEGIO GUARDIAS JÓVENES: 185

CONOCIMIENTOS, ORTOGRAFÍA, GRAMÁTICA, PSICOTÉCNICOS E INGLÉS
COMPLETADO 0%
PRUEBAS FÍSICAS
C 0%
ENTREVISTAS PERSONALES Y RECONOCIMIENTOS MÉDICOS
COMPLETADO 0%

CRONOGRAMA 129ª

12/07/2023
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2023

Aprobada la Oferta de Empleo Público del año 2023 en Consejo de Ministros de 11 de julio de 2023.
VER REAL DECRETO

28/07/2023
CONVOCATORIA PROMOCIÓN 129ª

Resolución de fecha 28 de julio de 2023, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil (BOE núm. 195, de 16 de julio de 2023)

17/08/2023 al
06/09/2023
FORMALIZACIÓN DE INSTANCIAS

El procedimiento de «Solicitud de Ingreso en la Escala de Cabos y Guardias» a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil, estará abierto desde las 00:00:00 horas del 17/08/2023 hasta las 23:59:59 horas del 06/09/2023.

CRONOGRAMA 128ª

28/09/2021
NOTA INFORMATIVA PRUEBA DE ORTOGRAFÍA 2022
24/05/2022
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2022

Aprobada la Oferta de Empleo Público del año 2022 en Consejo de Ministros de 24 de mayo de 2022.
VER REAL DECRETO

30/05/2022
NOTA INFORMATIVA FECHAS PRUEBAS

Las fechas previstas inicialmente para la realización de las pruebas, son las que se exponen a
continuación:
Pruebas de conocimientos teórico-prácticos y de aptitudes intelectuales: días 24 y 25 de septiembre ó 1 y 2 de octubre
Pruebas de aptitud psicofísica: a partir del día 17 de octubre.

Ver NOTA INFORMATIVA

24/06/2022
CONVOCATORIA

Resolución 160/38346/2022, de 26 de agosto, de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, por la que se publica la relación provisional de admitidos y excluidos y se anuncia fechahora lugar de celebración de la primera prueba de la convocatoria de las pruebas selectivas para ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

16/09/2022
RELACIÓN PROVISIONAL ADMITIDOS

Resolución 160/38367/2022, de 16 de septiembre, de la Jefatura de Enseñanza, por la que se publica la relación definitiva de admitidos y excluidos de la convocatoria de las pruebas selectivas para ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

24-25/09/2022
27/09/2022
PLANTILLAS PRUEBAS TEÓRICAS

Plantillas de corrección día
24 /09/2022
      
Conocimientos teórico-prácticos Aptitudes intelectuales

 Plantillas de corrección día 25/09/2022       
Conocimientos teórico-prácticos  Aptitudes intelectuales

17 al 29/10/2022

CURSOS DE PREPARACIÓN

INTEGRAL

MODALIDAD PRESENCIAL
120 MES
  • Clases presenciales de temario
  • Clases presenciales de psicotécnicos
  • Clases presenciales de inglés
  • Clases presenciales de ortografía
  • Preparación física presencial
  • Entrega en papel de test
  • Acceso a todo el contenido virtual
  • Acceso ilimitado a las grabaciones de las clases
  • Planificación mensual de clases
  • Seminarios presenciales de teoría
  • Acceso libre a gimnasio del centro
  • Acceso libre a aulas de estudio
  • Resolución de dudas (correo o WhatsApp)
  • Servicios de Orientación Didáctica al Opositor (SODO)
  • Consulta online del temario actualizado
Popular

ONLINE TOTAL

(INCLUYE PREPARACIÓN FÍSICA PRESENCIAL)
100 MES
  • Clases virtuales de temario en directo
  • Clases virtuales de psicotécnicos en directo
  • Clases virtuales de inglés en directo
  • Clases virtuales de ortografía en directo
  • Acceso a las grabaciones de las clases
  • PREPARACIÓN FÍSICA presencial
  • Curso TEST ONLINE
  • Curso ORTOGRAFÍA ONLINE
  • Curso ACTUALIZACIONES ONLINE
  • Curso de PSICOTÉCNICOS
  • Curso de INGLÉS
  • Resolución de dudas (correo o WhatsApp)
  • Consulta online del temario actualizado





ONLINE BÁSICO

MODALIDAD ONLINE (SIN PREPARACIÓN FÍSICA)
80 MES
  • Clases virtuales de temario en directo
  • Clases virtuales de psicotécnicos en directo
  • Clases virtuales de inglés en directo
  • Clases virtuales de ortografía en directo
  • Acceso a las grabaciones de las clases
  • Curso TEST ONLINE
  • Curso ORTOGRAFÍA ONLINE
  • Curso ACTUALIZACIONES ONLINE
  • Curso de PSICOTÉCNICOS
  • Curso de INGLÉS
  • Resolución de dudas (correo o WhatsApp)
  • Consulta online del temario actualizado








ONLINE TEORÍA

MODALIDAD ONLINE
65 MES
  • Clases virtuales de temario en directo
  • Clases virtuales de seminarios en directo
  • Acceso a grabaciones de clases de temario
  • Acceso a curso ACTUALIZACIONES ONLINE
  • Resolución de dudas (correo o WhatsApp)
  • Consulta online del temario actualizado
  • Añade CURSO DE TEST por pago único de 30 euros.

CURSO DE TEST

MODALIDAD ONLINE​
60
45 PAGO ÚNICO
  • CUATRO (4) test específicos de 25 preguntas por cada tema
  • 30 test generales compuestos por dos preguntas por tema (44 preguntas)
  • 20 simulacros de 100 preguntas en formato PDF para descarga y resolución
  • Test totalmente retroalimentados y actualizados
  • Resolución de dudas (correo electrónico)
  • Generador automático de test de 100, 50 o 25 preguntas.
Popular

SIMULACROS TEORÍA

MODALIDAD ONLINE
40
25 PAGO ÚNICO
  • 15 simulacros de 100 preguntas en formato PDF para descarga y resolución
  • Resolución de dudas (correo electrónico)
  • Generador automático de test de 100, 50 o 25 preguntas.

CURSO DE PSICOTÉCNICOS

MODALIDAD ONLINE
120 PAGO ÚNICO
  • Clases virtuales en directo bajo planificación mensual
  • Descarga de todos los ejercicios en formato PDF para su desarrollo guiado.
  • Visualizador ilimitado de las videoclases
  • Desarrollo de todo tipo de ejercicios
  • Análisis de exámenes oficiales de diferentes convocatorias
  • Trucos y explicaciones de resolución de ejercicios

PREPARACIÓN FÍSICA

PRESENCIAL
60 MES
  • Dos entrenamientos semanales en turno de mañana o tarde
  • Acceso libre al gimnasio del centro
  • Medición mensual de marcas
  • Técnicas de carrera
  • Técnicas de circuito de agilidad
  • Técnica de barra de dominadas
  • Foro de alumnos
  • Grupos por niveles

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